Historia Alternativa
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Presidente de la República de Venezuela
Estandarte Presidencial de Venezuela (hasta 2006)

Presidente Guanipa
Titular
Juan Pablo Guanipa
Desde el 2 de febrero de 2024

Tratamiento
  • Su excelencia
  • Excelentísimo señor/ra
  • Señor presidente/a
Residencia
  • La Casona (residencia oficial)
  • Palacio de Miraflores (sede del gobierno)
  • Designado por Voto popular
    Duración 4 años con derecho a reelección una vez.
    Primer titular Cristóbal Mendoza
    Creación 5 de marzo de 1811
    [editar datos en Wikidata]

    El presidente de la República de Venezuela es el jefe de estado y de gobierno, además de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas Nacionales. Asimismo, el cargo corresponde a la más alta magistratura del país y al funcionario público nacional de mayor jerarquía. El actual presidente es el abogado Juan Pablo Guanipa.

    El actual periodo de mandato presidencial es de cuatro años sin posibilidad de reelección.

    La designación de presidente abarca solo a las personas que juraron sus cargos como presidente de Venezuela. El primer presidente fue Cristobal Mendoza. Él asumió el cargo el 5 de marzo de 1811, por decisión del Congreso Nacional y oficializado el 5 de julio de 1811 con la Declaración de Independencia de la Corona Española.

    Debido a la profunda agitación por las guerras de la independencia en América del Sur, desde 1814 a 1818 España establece de nuevo su Gobierno con el país en guerra, hasta que el Congreso de Angostura, nombró a Simón Bolívar «jefe supremo de la República de Venezuela» (comandante supremo de la República de Venezuela) desde 1819 hasta 1821. Posteriormente el Libertador se desempeñó como presidente de la Gran Colombia (que unía a Venezuela, ColombiaPanamá y Ecuador) desde 1821 a 1830. Luego de ser dividida la Gran Colombia Simón Bolívar es desterrado de su naciente república, tomando el cargo José Antonio Páez.

    Requisitos[]

    1. Ser venezolano por nacimiento.
    2. Ser de estado seglar.
    3. Ser mayor de treinta años.
    4. Reunir además las condiciones establecidas en la Enmienda 1º de 1973.

    Lo que lleva a:

    1. No podrán ser elegidos presidente los que sean ministros o embajadores, y deben renunciar tres meses antes de la elección.
    2. Quienes hayan sido condenados mediante sentencia definitivamente firme, dictada por Tribunales Ordinarios, a pena de presidio o prisión superior a tres años, por delitos cometidos en el desempeño de funciones públicas, o con ocasión de estas.

    Elección presidencial[]

    La Constitución de 1961 establece que el presidente es electo por mayoría de votos en elecciones libres, universales, directas y secretas.

    Expresidentes vivos[]

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